Condiciones de alquiler

Condiciones Generales de Venta y Suministro

Estas condiciones regulan el proceso de alquiler de equipos de andamiaje entre Alquila tu Andamio (Andamios Ibéricos del Sur SL, en adelante, "El Arrendador") y el Cliente (en adelante, "El Arrendatario"). La formalización de una reserva implica la aceptación íntegra de estas condiciones.


1. Reserva y formalización del contrato

  • 1.1 Solicitud de reserva: Las solicitudes se realizarán a través de nuestra web, teléfono o correo electrónico. Deberán especificar el tipo de andamio, escalera o máquina, los accesorios requeridos, la duración del alquiler y la dirección de entrega.
  • 1.2 Confirmación: El alquiler se considerará formalizado únicamente después de que El Arrendador envíe una confirmación por escrito (vía email o presupuesto aceptado) y El Arrendatario abone el pago o depósito acordado, según el caso.
  • 1.3 Documentación: El Arrendatario deberá proporcionar una copia de su DNI/CIF y un comprobante de domicilio/actividad. El Arrendador se reserva el derecho de solicitar una fianza para cubrir posibles daños o la pérdida del equipo.
  • 1.4 Fianza: La fianza será devuelta íntegramente una vez se verifique la devolución del equipo alquilado en las mismas condiciones en que fue entregado.

2. Tarifas, pago y duración del alquiler

  • 2.1 Tarifas: Las tarifas se basan en la duración pactada (día, semana o mes) y no incluyen el IVA aplicable. Los costes de transporte (envío y recogida) son un cargo adicional y se especificarán detalladamente en el presupuesto.
  • 2.2 Pago: El importe total del alquiler y del transporte debe ser abonado antes de la entrega del equipo, salvo que se acuerden otras condiciones.
  • 2.3 Duración: El período de alquiler comienza el día de la entrega del equipo al transportista y finaliza el día de su recogida por el transportista designado por El Arrendador.
  • 2.4 Prórroga: Si El Arrendatario desea prolongar el período de alquiler, debe notificarlo a El Arrendador con un mínimo de 48 horas de antelación. La prórroga está sujeta a la disponibilidad del equipo y a la aceptación por escrito de El Arrendador.
  • 2.5 Devolución anticipada: No se realizarán reembolsos por días no utilizados si el equipo se devuelve antes de la fecha acordada.

3. Entrega, montaje y recogida (Responsabilidad del transporte)

  • 3.1 Envío y Transporte: El Arrendador utiliza una empresa de transporte externa para la entrega y la recogida. El Arrendatario debe asegurar que haya una persona autorizada para la recepción y la firma del albarán en la dirección de entrega.
  • 3.2 Montaje y desmontaje: El Arrendador NO se encarga del montaje ni del desmontaje del andamio. Esta labor es responsabilidad exclusiva de El Arrendatario, quien deberá realizarla por personal cualificado y siguiendo la normativa de seguridad aplicable.
  • 3.3 Recogida: El Arrendatario debe notificar a El Arrendador cuando el equipo esté listo para la recogida. El equipo debe estar completamente desmontado, agrupado y paletizado/embalado en un punto accesible para el transportista a la hora acordada.
  • 3.4 Demoras y costes adicionales: Si la recogida falla o se retrasa por causas imputables a El Arrendatario (ej. el andamio no está desmontado, el transportista no puede acceder o no hay nadie presente), El Arrendador se reserva el derecho de cobrar días adicionales de alquiler y/o costes de transporte por reintento de recogida.

4. Responsabilidades y uso del equipo

  • 4.1 Inspección: Al momento de la entrega, El Arrendatario debe inspeccionar el andamio y notificar cualquier defecto o daño inmediatamente. Una vez aceptado y firmado el albarán, se considera que el equipo está en buen estado de funcionamiento. Es responsabilidad del arrendatario verificar siempre el buen estado del equipo alquilado previo a su uso y montaje.
  • 4.2 Uso correcto: El Arrendatario se compromete a utilizar el andamio y sus accesorios de manera adecuada, exclusivamente para los fines previstos y por personal cualificado que conozca las normas de seguridad.
  • 4.3 Normativa, montaje y seguridad: El Arrendatario es el ÚNICO responsable de obtener los permisos necesarios (licencias de obra, ocupación de vía pública, etc.) y de cumplir rigurosamente con toda la normativa legal de seguridad y salud en el trabajo, que incluye, sin limitarse a:
    • La correcta y segura instalación del andamio.
    • El uso del andamio por personal certificado.
    • El mantenimiento de la seguridad durante el período de alquiler.
  • 4.4 Mantenimiento: El Arrendatario se encargará del mantenimiento ordinario del equipo durante el período de alquiler.
  • 4.5 Prohibiciones: Está estrictamente prohibido subarrendar, vender, ceder o modificar el equipo sin el consentimiento expreso y por escrito de El Arrendador.
  • 4.6 Embalaje: El andamio se envía completamente embalado, junto con un kit de flejado. A la hora de su recogida de vuelta a nuestro almacén, el Arrendatario tiene la responsabilidad de embalar el andamio de forma correcta para que no sufra daños ni desperfectos durante el transporte. Para ello puede ayudarse de nuestro kit de flejado. En caso de que sea un solo bulto y no un palé, lo entregaremos en una caja de cartón. El Arrendatario debe procurar guardar esta caja o asegurarse una de las mismas condiciones para contar con ella para la vuelta a nuestro almacén.

5. Daños, pérdida y siniestros

  • 5.1 Daños: El Arrendatario es responsable de cualquier daño, rotura o deterioro del equipo de andamiaje que no sea el desgaste normal por el uso. Los costes de reparación o sustitución serán cargados a la fianza o facturados directamente al Arrendatario.
  • 5.2 Pérdida o robo: En caso de pérdida total, robo o destrucción del equipo, El Arrendatario deberá indemnizar a El Arrendador por el valor de reposición a precio de mercado del material.
  • 5.3 Accidentes: El Arrendador no se hace responsable de los daños materiales o personales que puedan surgir del uso incorrecto o negligente del andamio por parte de El Arrendatario.

6. Resolución del contrato

El Arrendador podrá resolver el contrato de forma inmediata, sin necesidad de preaviso, si El Arrendatario incumple gravemente cualquiera de las obligaciones recogidas en estas condiciones, especialmente las relativas al pago, el uso del equipo o el cumplimiento de la normativa de seguridad.

7. Jurisdicción

Para la resolución de cualquier conflicto que pudiera surgir de la interpretación o ejecución de estas Condiciones, ambas partes se someten a los juzgados y tribunales de la ciudad donde El Arrendador tenga su domicilio social.

No dude en contactar con nosotros si tiene alguna duda.


CLÁUSULAS GENERALES CONTRATO ALQUILER

PRIMERA. - Objeto del contrato y Tiempo de duración.

El ARRENDADOR, cede en alquiler al ARRENDATARIO para uso y disfrute la máquina o herramienta objeto de este contrato, pudiendo el arrendatario usarla para un buen uso profesional de la misma.

La persona arrendadora conoce las condiciones de uso de la máquina o herramienta y en qué condiciones se encuentra.

El ARRENDADOR reconoce que la máquina o herramienta está en buen estado y esto le permiten ser utilizada de conformidad con su naturaleza.

El arrendamiento de la herramienta se establece por el plazo fijado en el anexo I.

Una vez finalizado el alquiler el arrendatario deberá devolver la máquina o herramienta en perfectas condiciones de uso, como lo recibió.

SEGUNDA. - Precio y Pago del alquiler.

En el caso de ser un alquiler de larga duración, más de un año, la renta se revisará y actualizará anualmente. La subida se tendrá que basar en el Índice General Nacional de Precios al Consumo (el IPC general) en el período de los 12 meses anteriores a la fecha de celebración del contrato.

TERCERA. -  Uso correcto de la Maquinaria o Herramienta.

El Arrendatario se compromete a utilizar y conservar la Maquinaria o la herramienta con la diligencia y cuidado profesionales conforme al uso a que está destinada y de acuerdo con las especificaciones técnicas del fabricante. Si quiere destinarla para un uso diferente deberá comunicarlo al Arrendador y tener autorización expresa y por escrito para ese uso.

Se responsabiliza exclusivamente al Arrendatario de cualquier utilización no conforme a los usos que recoge este contrato.

A su vez, el Arrendatario es responsable de la guarda y custodia del bien hasta el fin del periodo del alquiler, responsable por todos los daños y perjuicios ocasionados que pueda sufrir la máquina o herramienta y terceros ajenos a este contrato, y no expira esta obligación hasta que la devuelve al Arrendador y recibe el correspondiente recibo de entrega.

Para el buen uso de bien arrendado el Arrendatario realizará todas las tareas de mantenimiento y reparación que necesita la máquina o herramienta, de tal modo que siempre se encuentre en perfecto estado operativo y de nivel de seguridad.

 El Arrendatario es responsable de que las personas que utilicen la herramienta o maquinaria estén debidamente cualificadas para ello. También de que estos usuarios la utilicen siempre en circunstancias óptimas de trabajo.

El Arrendatario está obligado a utilizar el bien exclusivamente en la obra o ubicación indicadas en el Contrato y además siempre tendrá la obligación de dejar comprobar al Arrendador el estado de la máquina o herramienta en todo momento, sin poder negarse a mostrar el bien.

CUARTA. -  Mantenimiento y reparaciones.

Todo el mantenimiento y reparación que necesite el bien durante el periodo de alquiler corren por parte del Arrendatario.

El arrendatario se compromete a acatar las normas que indique el fabricante y el Arrendador para siempre tener la máquina o la herramienta en puesta a punto.

QUINTA. -  No se puede subrogar el contrato.

En ningún caso el arrendatario tiene derecho a subrogar este contrato a otra persona o entidad sin el previo consentimiento expreso y por escrito del arrendador.

SÉXTA. -   Transporte y montaje

Ambas partes acuerdan el transporte según el anexo I.

En relación con el montaje ambas partes acuerdan que la máquina o herramienta sea instalada por el arrendatario.  Es responsabilidad del arrendatario que el lugar de montaje esté adecuado, tenga los permisos necesarios y disponga de los enseres que se necesiten para el adecuado montaje de la máquina o herramienta, así como que sea realizado por personal con la cualificación suficiente.

SÉPTIMA. – Devolución anticipada.

No se realizarán reembolsos por días no utilizados si el equipo se devuelve antes de la fecha acordada.

OCTAVA. -  Extinción y Expiración del contrato.

Una vez finalizado el contrato, ya sea por término natural de la fecha acordada, por vencimiento por incumplimiento de lo acordado en este contrato o su resolución judicial firme, el arrendatario está obligado a devolver la herramienta o maquinaria.

NOVENA. -  Seguros e impuestos especiales.

Si el uso de la maquinaria o herramienta requiere un seguro determinado, será el Arrendatario el responsable de su contratación y actualización.

También tendrá que asumir el Arrendatario el pago de impuestos especiales si lo requiere la normativa para el uso de esa maquinaria o herramienta.

DÉCIMA. - Obligaciones del Arrendador.

El Arrendador se obliga a entregar el bien objeto del presente contrato, en perfecto estado de funcionamiento y con las revisiones obligatorias actualizadas.

El Arrendador especificará en el anexo I, que se adjunta en este contrato, todo lo que entregue al arrendatario para el buen uso del bien.

El Arrendador está obligado a entregar toda la documentación necesaria para el buen uso de la máquina o herramienta.

UNDÉCIMA. - Pago de garantía.

El Arrendatario, a la hora de firmar este contrato, entrega al arrendador la cantidad estipulada en el anexo I en concepto de garantía de buen uso o fianza.

Esta cantidad será devuelta una vez finalizado el contrato y comprobado que el material objeto de contrato de alquiler no ha sufrido deterioro fuera del normal desgaste de su uso.  Esta fianza no devenga intereses una vez finalizado este contrato.

DUODÉCIMA. - Jurisdicción de los Tribunales

En todo lo no previsto en el presente contrato el mismo se regirá supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.

Ambas partes se someten por imperativo de la Ley a los Juzgados y tribunales del lugar Écija (Sevilla).